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EL PAIS.
“Próximo paso: Recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional por la vulneración de mis derechos fundamentales”. El exministro José Luis Ábalos ha anunciado este jueves que acudirá a este órgano de garantías por la sentencia del Tribunal Supremo que le condenó a 24 años y tres meses de prisión por mordidas en contratos de mascarillas en plena pandemia. El extitular de Transportes da este paso después de que este miércoles los magistrados de la Sala de lo Penal rechazaran por unanimidad el incidente de nulidad que presentó, una reclamación con remotas posibilidades de prosperar, pero que es un requisito imprescindible para poder recurrir en amparo ante el Constitucional.
En el anuncio, que ha tenido lugar en su cuenta de X ―administrada por su hijo desde que el exdiputado ingresara en prisión―, Ábalos incide en que acudirá al tribunal presidido por Cándido Conde-Pumpido porque no tiene “otra posibilidad por la vía jurisdiccional ordinaria”. Como ya hiciera su abogado durante la fase de investigación y durante el juicio, el exministro insiste en que el Supremo ha vulnerado su “derecho fundamental de rango constitucional como es el de la doble instancia penal” al asumir la competencia para juzgarle en función de un acuerdo del Pleno de la Sala Segunda del 2 de diciembre de 2014.
En el mensaje publicado en la red social, el que fuera secretario de Organización del PSOE reitera uno de los argumentos centrales del incidente de nulidad que presentó ante el Supremo: que se ha vulnerado su derecho al juez predeterminado por ley porque el alto tribunal debió mandar su caso a la Audiencia Nacional cuando renunció a su escaño en el Congreso y dejó de ser aforado. Los magistrados, como han hecho en casos anteriores, negaron este supuesto y defendieron que se ha aplicado la jurisprudencia habitual del Supremo, que fija que, si el acusado deja de estar aforado después de que se haya abierto juicio oral, este se celebrará en el alto tribunal. Y esto es lo que ocurrió en el caso de Ábalos, que mantuvo el acta de diputado durante toda la instrucción y dimitió después de que el juez Leopoldo Puente lo mandara a juicio.
El Supremo desestimó esta y otras quejas de Ábalos al entender que “todas y cada una de las alegaciones formuladas” ya habían sido objeto de “un análisis detallado, particularmente, en la sentencia cuya nulidad se insta”. Los magistrados respondieron que el planteamiento del exministro no revelaba nada más allá del “desacuerdo” que tiene con la decisión del tribunal. Y advirtieron de que ello, “desde luego y por sí solo”, no justificaba la nulidad de la sentencia.
Este jueves, el exministro aprovecha el anuncio ―que ya se esperaba― para criticar de nuevo la actuación del Supremo: “Mal servicio al Estado de derecho cuando el máximo órgano judicial confunde la aplicación de la ley con la potestad de crearla”.
















